La RAE define el mecenazgo como la “protección o ayuda dispensadas a una actividad cultural, artística o científica”. Se trata de una colaboración desinteresada por parte del mecenas, que actúa movido por el altruismo y es fruto de su compromiso social.
Normalmente se confunde este concepto con el de patrocinio. La RAE define patrocinar como "apoyo o financiación de una actividad o un evento, por lo general deportivo o cultural, con fines publicitarios". El patrocinador busca un rédito con su acción, lo que le mueve es la contrapartida que obtiene con ella.
La diferencia entre ambos conceptos hace que mecenazgo y patrocinio se regulen en nuestro ordenamiento jurídico por normas distintas: la Ley 49/2002 en el caso del mecenazgo, y la Ley General de Publicidad para el patrocinio.