¿Qué incentivos fiscales existen para las donaciones realizadas por personas físicas?
- Micromecenazgo: los primeros 250 euros donados tienen una deducción del 80% en la cuota íntegra del IRPF.
- La cantidad donada que exceda de 250 euros tiene una deducción del 40% en la cuota.
- Fidelización: en las donaciones se podrá aplicar una deducción del 45% (en vez del 40% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
- La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable en el IRPF.
Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establece una serie de actividades prioritarias de mecenazgo. Las donaciones a favor de estas actividades obtienen una deducción de un 5% adicional a los incentivos fiscales generales citados arriba.