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Aportaciones

¿Qué aportaciones pueden hacerse?

  • Donativos y donaciones dinerarios, de bienes o de derechos.
  • Cuotas de afiliación a asociaciones que no se correspondan con el derecho a percibir una prestación presente o futura.
  • La constitución de un derecho real de usufructo sobre bienes, derechos o valores, realizada sin contraprestación.
  • Donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español, que estén inscritos en el registro de BIC o Inventario General.
  • Donativos o donaciones de bienes culturales de calidad garantizada en favor de entidades que persigan entre sus fines la realización de actividades museísticas y el fomento y difusión del patrimonio histórico artístico.
  • La cesión de uso de un bien mueble o inmueble, por un tiempo determinado, realizada sin contraprestación
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