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Mejora en los incentivos a donaciones de personas físicas

06/05/2020

Salto de línea El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019 incluye una mejora en las deducciones por donaciones de personas físicas en vigor hasta ahora y que repasamos en una entrada anterior del blog.

En concreto, se podrá deducir el 80 % de los 150 primeros euros invertidos en un proyecto, y el 35 % de la cantidad restante. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.

Si lo trasladamos a nuestro habitual cuadro de incentivos, podemos ver la mejora con respecto a la situación anterior:

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Los nuevos incentivos tendrán efectos desde el 1 de enero de 2020, es decir, para las donaciones realizadas desde esa fecha.

Actualizamos a continuación los cálculos para los ejemplos de donaciones de personas físicas que incluíamos en la segunda entrada de funcionamiento de la Ley en la práctica:

  • Conjunto de donaciones efectuadas por una persona: 200 euros fidelizados a una entidad beneficiaria A, 250 euros sin fidelización a una entidad beneficiaria B. No consideraremos el impacto del límite a la deducción.
    • Base de la deducción total = 450 euros.
    • Primeros 150 euros = deducción del 80% = 120 euros.
    • Restantes 300 euros: hay que considerar que existe una donación fidelizada, la cantidad que excede de 150 euros (50 euros) tendrá una deducción del 40%. Los restantes 250 euros tienen una deducción del 35%: 40% de 50 euros + 35% de 250 euros = 20 + 87,50 = 107,50 euros.
    • Deducción fiscal total = 227,50 euros.

  • Conjunto de donaciones efectuadas por una persona: 60 euros a una entidad A (no fidelizados), 25 euros a una entidad B con fidelización, 250 a otra entidad C (no fidelizados), 150 euros fidelizados a una entidad D, 350 euros fidelizados a otra entidad E. No consideraremos el impacto del límite a la deducción.
    • Base de la deducción total = 835 euros.
    • Primeros 150 euros = deducción del 80% = 120 euros.
    • Restantes 685 euros: hay que considerar que existe una donación fidelizada de más de 150 euros, la donación a la entidad E. El importe superior a 150 euros de esa donación, 200 euros, tendrá una deducción del 40%. El resto tendrá una deducción de un 35%: 40% de 200 euros, 35% de 485 euros = 80 euros + 169,75 euros = 249,75.
    • Deducción total: 369,75 euros.

  • Conjunto de donaciones efectuadas por esa persona: obras de arte con una base de la deducción de 8.000 euros. Base liquidable del contribuyente: 18.000 euros. Consideraremos límite a la deducción.
    • Límite a la deducción: 1.800 euros.
    • Base de la deducción: 8.000 euros.
    • Primeros 150 euros = deducción del 80% = 120 euros de deducción.
    • Resto = deducción del 35% a 7.850 euros = 2.747,50 euros de deducción.
    • Deducción total = 1.800 euros por el límite a la deducción, en lugar de los 2.867,50 euros que sería la suma de la deducción desglosada.

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